Solicitud de Rectificaciones a Posteriori

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La Administración Aduanera de Honduras a los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Obligados Tributarios, comunica lo siguiente;

1. Que, esta administración a partir del 05 de septiembre del presente año implementó “LAS RECTIFICACIONES A POSTERIORI” a las Declaraciones Únicas Centroamericanas (DUCA), que amparan vehículos usados que han sido registradas en las Aduanas La Mesa, Toncontín y Puerto Cortés, lo anterior con el propósito de avanzar en los procesos de simplificación, facilitación, reducción de tiempo y costos para los obligados tributarios.

2. Por lo que las solicitudes de rectificación deberán ser presentadas a través de sus Agentes Aduaneros directamente en la aduana en la que se realizó el registró y autorización de levante.

3. Mientras que la Sección al Obligado Tributario, a partir de la publicación del presente comunicado no admitirá solicitudes de rectificación y la Gerencia de Fiscalización no resolverá este tipo de peticiones.

El Agente Aduanero deberá realizar el siguiente proceso para la presentación de solicitudes de rectificación en la Aduana de Registro y Levante:

a. Presentar solicitud mediante nota dirigida al administrador de la aduana respectiva.

b. Autoridad Aduanera revisará, analizará, aprueba, digitaliza y sube la solicitud de rectificación al sistema informático aduanero.

c. Agente Aduanero procede a realizar rectificación.

d. Si la rectificación no incide en el tributo a pagar, la misma se efectuará en apego estricto a lo establecido en el Acuerdo 817-2018.

Tegucigalpa, M.D.C., 04 de octubre, 2022

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