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  1. ¿Qué es la Autorización para poder acogerse a la modalidad de la Declaración Simplificada y Acumulada de Exportación?

Es el beneficio que otorga la Administración Aduanera al exportador cumpliendo una serie de requisitos para hacer uso de este.

  1. ¿Quiénes pueden solicitar la autorización para acogerse a la modalidad de la Declaración Simplificada y Acumulada de Exportación?

Los exportadores autorizados como habituales que realicen exportaciones hacia terceros países.

  1. ¿Quiénes son los exportadores habituales?

Persona natural o jurídica autorizada por el Servicio Aduanero para exportar sus mercancías hacia terceros países bajo la modalidad de declaración acumulada.

  1. ¿Quiénes son los exportadores eventuales?

Empresas que realizan su actividad exportadora de forma ocasional.

  1. ¿Dónde deben de presentarse los exportadores para que se les otorgue la autorización?

La solicitud de autorización como exportador habitual la realizará el interesado de forma electrónica en el Portal Electrónico Comercio Honduras (PECH), una vez que haya suscrito el Contrato de Adhesión con la DARA, simultáneamente presentará su solicitud por la vía administrativa a través de la Unidad de Atención al Usuario, adjuntando la documentación establecida.

  1. ¿Cuáles son los requisitos para que se les otorgue la autorización?

La solicitud electrónica en el PECH y la física contendrán la siguiente información:

    • Ubicación exacta de sus instalaciones;
    • Identificación completa y domicilio del solicitante;
    • Dirección electrónica para recibir notificaciones respecto de su solicitud;
    • Descripción precisa y detallada de la mercancía que exportara bajo esta modalidad;
    • Pago de recibo aduanero por L.200.00, por concepto de Actos administrativos.

A la solicitud adjuntara la siguiente documentación:

    • Testimonio de Escritura Pública de Constitución debidamente autenticada por un Notario Público.
    • Constancia de cumplimiento con normativa de repatriación de divisas emitida por el Banco Central de Honduras,
    • Estados financieros del exportador de los últimos cinco (5) años debidamente firmados por el contador de la empresa.
    • Carta Poder emitida a favor del Representante Legal de la empresa cuando corresponda.
  1. ¿En cuánto tiempo se les aprueba la autorización?

La aprobación dependerá de que la solicitud sea presentada cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la normativa, caso contrario se procederá a realizar los requerimientos, en conclusión, el tiempo es subjetivo el plazo podría ser mínimo 30 días.

  1. ¿Qué pasa cuando se les aprueba la autorización?

Automáticamente adquiere el beneficio para poder realizar sus exportaciones bajo la modalidad de Declaración Simplificada y Acumulada.

  1. ¿Que se le brinda a el exportador al momento que se le aprueba la autorización?

La autoridad superior de la Administración Aduanera emitirá oficio en el cual se autoriza o deniega la petición, el mismo se le notificará por la vía administrativa al Apoderado legal o Representante Legal que presentó la solicitud. A nivel de Sistema ingresará al PECH con el mismo usuario y contraseña emitida al suscribir el Contrato de Adhesión.

  1. ¿Que deben de hacer al momento de que se les aprueba la autorización?

    • El exportador podrá iniciar sus trámites de exportación mediante el registro en el PECH de la Declaración Simplificada de Exportación.
    • A través de su Agente Aduanero, registrará en el Sistema Informático de Aduanas la Declaración Acumulada de Exportación para formalizar las Declaraciones Simplificadas realizadas en el mes calendario anterior.
    • El pago por el Servicio de Transmisión de Datos será acumulable por una semana y se activará en el Sistema Informático de Aduanas los lunes para que proceda a cancelar el mismo.
    • La Declaración Acumulada de Exportación se formalizará en los primeros cinco días del mes siguiente.
  1. ¿Qué beneficios permite ser un exportador autorizado?

Que el exportador desde su oficina podrá registrar de forma personal sus exportaciones lo que conlleva a reducción de tiempos y costos pues no utilizará un Agente Aduanero, de igual forma podrá solicitar por la vía administrativa que sus instalaciones sean autorizadas como Zona Primaria siempre que cumpla con los requisitos establecidos, lo que le permitirá que la revisión de las mercancías se realice en sus instalaciones.

  1. ¿Qué pasa si un exportador es autorizado y no hace uso del beneficio?

R/ Perderá automática el beneficio para el cual fue autorizado

  1. ¿Qué es Declaración Simplificada de Exportación?

Acto por el cual el exportador habitual registra en el Portal Electrónico Comercio de Honduras (PECH) las exportaciones de bienes efectuadas en un período de un mes.

  1. ¿Qué es la Declaración Acumulada de Exportación?

Acto efectuado por el el exportador a través del Agente aduanero, dentro de los primeros cinco días de cada mes, registrará en el Sistema Informático de Aduanas la Declaración de Mercancía Acumulada de Exportación formalizando las exportaciones simplificadas realizadas en el mes inmediato anterior.

  1. ¿Qué es la Declaración Tradicional?

El acto efectuado en la forma prescrita por el Servicio Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone.

  1. ¿Dónde se realiza la Declaración Simplificada de Exportación?

En el Portal Electrónico Comercio de Honduras (PECH).

  1. ¿Qué información debe de declarar el exportador en la Declaración Simplificada de Exportación?

A nivel de la caratula de la Declaración Simplificada informará:

Régimen (SEXP 1300), Aduana de registro, Aduana de salida, país destino, Nombre destinatario, Modo de transporte, Nombre del transportista, Clase de bultos, Cantidad de Bultos.

A nivel de ítem de la Declaración Simplificada informara:

Inciso arancelario, País de origen, Unidad comercial, Cantidad comercial, Importe Factura, Peso Neto, Peso bruto, Peso cúbico, Cantidad de bultos, Descripción).

  1. ¿Dónde se realiza la Declaración Acumulada de Exportación?

En el Sistema Informático de Aduanas (SARAH WEB) y la registra el Agente Aduanero.

  1. ¿Sera de carácter obligatorio la presentación de la Declaración Simplificada de Exportación y la Declaración Tradicional?

La presentación de la Declaración Simplificada de Exportación será de carácter obligatorio requerida para el despacho de las mercancías en la Aduana de partida.