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La Administración Aduanera de Honduras comunica a los Obligados Tributarios, Transportistas Carga Terrestre y demás Auxiliares de la Función Pública Aduanera lo siguiente:

En el marco del proceso de modernización y organización de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera (AFPA) bajo la modalidad de Transportista de Carga Terrestre, y en cumplimiento del Artículo 8 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Internacional Terrestre, Anexo aprobado mediante Resolución 480-2023 de COMIECO, se recuerda que, a partir del 17 de febrero de 2025, todo Transportista de Carga Terrestre debidamente registrado deberá:

1. Transmitir OBLIGATORIAMENTE la Declaración Única Centroamericana (DUCA-T) bajo el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, utilizando su usuario habilitado en el sistema SARAH, autorizado por esta Administración.

2. Los datos registrados en el sistema informático del Servicio Aduanero constituirán prueba de que los funcionarios, auxiliares, declarantes y personas autorizadas han realizado los actos correspondientes y suministrado la información pertinente, utilizando claves de acceso confidenciales o sus equivalentes.

3. Se recuerda a los AFPA autorizados, que el uso de códigos, claves de acceso y sistemas informáticos aduaneros conlleva una gran responsabilidad. Cada acción realizada será considerada personal y el usuario será responsable civil, administrativa y penalmente de sus actos.

4. Queda terminantemente PROHIBIDO que empresas consolidadoras de carga, operadores logísticos, agentes aduaneros y cualquier otro obligado tributario realicen cobros por la digitación de DUCA-T utilizando usuarios y claves asignadas a Transportistas de Carga Terrestre autorizados, esta práctica es inaceptable y constituye un abuso que no será tolerado. Cualquier intento de aprovecharse de las limitantes del sector transporte será considerado una VIOLACIÓN GRAVE de las normativas vigentes, lo que conllevará a sanciones.

5. Se insta a todos los involucrados a actuar con integridad y responsabilidad, respetando la normativa vigente y desempeñando únicamente las funciones autorizadas como AFPA. Si se detecta que cualquier obligado tributario, incluyendo a los mismos transportistas terrestres, realizar cobros indebidos por digitalización, se procederá con la denuncia ante el ente correspondiente.

Asimismo, se informa que aquellos transportistas de carga hondureños, que aún no cuenten con usuario y clave de acceso para la generación de la DUCA-T, podrán realizar su registro siguiendo el proceso establecido por esta administración. De igual manera, quienes aún no se hayan regularizado o se encuentren en situación irregular, deberán gestionar el proceso correspondiente para cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

En relación a los transportistas de carga de Centroamérica deberán ingresar al portal SIECA para registrar la DUCA-T según el acceso establecido en su país.

• Deben estar activos en la base de transportistas regional, al igual que sus medios de transporte.

• Tras registrar la DUCA-T, el sistema SARAH generará un recibo de pago acumulado de $5.00 a nombre de la empresa hondureña proveedora, con plazo máximo de pago cada lunes.

• SARAH validará la información, impidiendo que un transportista registre DUCA-T para otros transportistas o medios de transporte ajenos.

Tegucigalpa, M.D.C., 27 de febrero de 2025.

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